Aunque el artículo 4° constitucional garantiza el derecho a la protección de la salud en México, saber que una persona está afiliada a una institución no basta para entender si realmente recibirá atención médica cuando la necesite, advirtió Marisol Luna Contreras, profesora e investigadora de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) México, en una exposición recogida por Gaceta UNAM.1
Afiliación no es lo mismo que atención
Luna Contreras planteó que el verdadero punto de análisis no es si una persona figura en un padrón de derechohabientes, sino qué ocurre en el momento concreto en que necesita resolver un problema de salud. En su exposición, titulada Del ámbito rural a la metrópoli: desigualdades en el acceso efectivo a los servicios de salud en México, explicó que el acceso efectivo no debe limitarse a la afiliación, porque eso no garantiza que la persona reciba atención cuando la requiere, considerando que las emergencias médicas no solo derivan de padecimientos comunes o crónicos.1
La investigadora subrayó que resulta insuficiente saber si alguien está afiliado o declara tener acceso a los sistemas de salud, y que es fundamental evaluar la calidad real de esa atención.1
Resulta insuficiente saber si una persona está afiliada o declara tener acceso a los sistemas de salud, es fundamental evaluar su calidad real
Marisol Luna Contreras, profesora e investigadora de la Flacso México

La brecha detrás del derecho constitucional
El contraste entre lo que establece la ley y lo que ocurre en la práctica es, según Luna Contreras, uno de los puntos centrales del problema. De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) citados en su exposición, solo 63.4 % de las personas encuestadas afirmó contar con acceso a servicios de salud, pese a que el artículo 4° constitucional garantiza ese derecho.1
Otros datos institucionales muestran la magnitud del rezago: entre 2018 y 2022, el porcentaje de personas con carencia de acceso a servicios de salud en México pasó de 16.2 % a 39.2 %, lo que representa un cambio de 20.1 a 50.4 millones de personas en esa situación, de acuerdo con cifras presentadas por el secretario general de la UNAM, Leonardo Lomelí Vanegas (Cruz Marcelo), en un informe previo divulgado por Gaceta UNAM.2
Lo que hay que saber
- Acceso declarado
Solo 63.4 % de las personas encuestadas por la ENIGH afirmó contar con acceso a servicios de salud.
- Carencia en aumento
La carencia de acceso a servicios de salud pasó de 16.2 % a 39.2 % entre 2018 y 2022, según cifras citadas en la UNAM.
- Lo que propone la investigadora
Marisol Luna Contreras plantea evaluar la calidad real de la atención, no solo la afiliación formal.
El servicio privado gana terreno
Una de las tendencias que acompaña esta brecha es el uso creciente de servicios privados de salud, incluso entre personas que cuentan con derechohabiencia en alguna institución pública. De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) difundidos también por Gaceta UNAM, entre 39 % y 49 % de las personas derechohabientes acude a servicios privados de salud, y 66 % de quienes no tienen derechohabiencia utiliza hospitales no públicos.3
Este patrón refuerza el argumento central de la exposición de Luna Contreras: estar inscrito en el IMSS, el ISSSTE u otra institución no se traduce automáticamente en que esa persona resuelva ahí sus necesidades médicas reales, lo que abre preguntas sobre gasto de bolsillo, tiempos de espera y disponibilidad de servicios en cada institución.
Un sistema fragmentado por condición laboral
En México existen múltiples instituciones proveedoras de servicios de salud —entre ellas IMSS, ISSSTE y, más recientemente, IMSS-Bienestar— y la población accede a ellas según su condición laboral, lo que produce un mapa desigual de cobertura entre quienes tienen empleo formal, quienes trabajan en la informalidad y quienes residen en zonas rurales frente a quienes viven en zonas urbanas.1
En paralelo, el gobierno federal ha impulsado la apertura de consultorios del Servicio Universal de Salud (SUS) operado por IMSS-Bienestar, con la premisa de cero rechazos: toda persona sería recibida, valorada y orientada, independientemente de su condición laboral, según explicó el director general de IMSS-Bienestar, Alejandro Svarch Pérez.4

Qué significa para pacientes y cuidadores
Para pacientes y familias, el planteamiento de Luna Contreras tiene una implicación práctica: contar con una credencial de derechohabiencia (del IMSS, ISSSTE u otra institución) no es garantía de recibir atención oportuna en el momento de una urgencia o un padecimiento crónico. Esto es relevante sobre todo para quienes viven en zonas rurales o en estados con menor infraestructura hospitalaria, donde la distancia a una unidad médica y los tiempos de traslado pueden ser determinantes.
La investigadora plantea que el verdadero indicador que deberían vigilar las autoridades no es solo cuántas personas están afiliadas a un padrón, sino cuántas, al necesitar atención, efectivamente la reciben con calidad adecuada. Ese dato, hoy, sigue siendo parcial en las estadísticas oficiales disponibles.














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